Alternativa más económica al momento de sellar sus documentos.
Benefíciese sellando sus contratos y/o pedidos en la UIGLP a un menor costo.
Los valores autorizados a retener por nuestra Entidad, son significativamente menores a los que usted debiera pagar si la operación la realizara en bancos:
- Contratos entre Empresa Particulares: 0.75 % + 0.05 % (gastos de registración)
- El impuesto de sellos debe liquidarse dentro de los quince (15) días hábiles de la celebración del documento, de acuerdo a lo establecido en el Art. 343 del Código Fiscal vigente.
Invitamos a las empresas que solicitan a sus proveedores el cumplimiento de este requisito, les informen las ventajas de realizar dicho trámite en nuestra Institución.