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Actualización de medidas COVID-19

Resumen con las nuevas medidas que fueron publicadas en el Boletín Oficial en el marco de la cuarentena COVID-19.

Resumen con las nuevas medidas que fueron publicadas en el Boletín Oficial. 

 

Decisión administrativa -  524/2020

 

En el marco de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 355/20 del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, se ha ampliado las exepciones incluyendo la producción para la exportación y los procesos industriales específicos, en ambos casos se debe contar con la autorización del Ministerio de Desarrollo Productivo. 

 

DNU 376/2020 - Ampliación del decreto 332/2020 

  • Modificación del artículo 2 del Decreto 332/2020 y derogación del artículo 9 de dicho decreto.
  • Salario complementario para todos los trabajadores bajo dependencia del sector privado.
  • Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos con garantía del Estado Nacional
  • que se hará cargo de los intereses
  • Se mantiene la reducción de aportes patronales.
  • El seguro de desempleo será de $ 6000 a $ 10000
  • El Estado Nacional se hará cargo del 100% del Costo Financiero Total del préstamo a tasa 0%
  • Todo pasará a ser salario complementario hasta el 50% del salario neto no pudiendo ser inferior a un salario vital y móvil. No podrá superar dos salarios vital y móvil.
  • Quienes se inscribieron hasta el viernes en los REPRO se van a reconvertir a este sistema
  • El FONDEP dispondrá a través de la Jefatura de Gabinete de 11 mil millones de pesos para solventar el CFT de los préstamos a tasa 0%
  • El FOGAR dispondrá a través de la Jefatura de Gabinete de 26 mil millones de pesos
  • El Ministerio de Trabajo tendrá la potestad de modificar e implementar el Seguro por Desempleo

 

Decreto 262/2020

 

Los Municipios deberán presentar su petición ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la provincia de Buenos Aires, tanto para solicitar la tramitación de la aprobación para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados de las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, como para requerir a las autoridades provinciales la gestión respecto de la inclusión ante la órbita nacional de nuevas actividades y servicios, debiendo cumplimentar los siguientes recaudos:

Presentar una solicitud formal suscripta por el/la Intendente/a, de conformidad al modelo de nota que, como Anexo Único (IF-2020-07329130-GDEBA-SSTAYLMJGM), forma parte integrante del presente.

Acompañar los protocolos sanitarios y de funcionamiento de cada actividad que se implementarán en el distrito, dando cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad nacionales y provinciales.

Detallar los tipos y procedimientos de fiscalización que se llevarán adelante en el distrito para garantizar el cumplimiento de los protocolos respectivos y de las normas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria.

Toda otra información que se estime pertinente a los fines previstos en la presente normativa. 

A continuación, adjuntamos las normativas correspondientes a cada punto. 

 

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